sábado, 7 de abril de 2018

El certificado REACH.

El rincón del Sueko - #rincondelsuekoHola mis queridos lector@s de El Rincón del Sueko. Hoy os traigo un tema un tanto concreto pero muy interesante. Se trata del Reglamento de Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas (abreviadamente REACH, de su forma inglesa Registration, Evaluation, Authorisation and restriction of CHemicals). El Reglamento (CE) nº 1907/2006 REACH entró en vigor el 1 de junio de 2007 y tiene como objetivo principal mejorar la protección para la salud humana y el medio ambiente frente al riesgo que puede conllevar la fabricación, comercialización y uso de las sustancias y mezclas químicas.


El Reglamento REACH.

Tal y como indica la página del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente,  el Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas  químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas.

El Texto consolidado a fecha de 10 de diciembre de 2011 del Reglamento REACH  modificado en varias ocasiones lo podemos encontrar en este link.

En principio, REACH es aplicable a todas las sustancias químicas; no sólo las utilizadas en procesos industriales, sino también las utilizadas en nuestro día a día, como los productos de limpieza, las pinturas u artículos como ropa, muebles y dispositivos eléctricos. Por tanto, la normativa afecta a la mayoría de las empresas de la UE.

En REACH la responsabilidad de garantizar que la fabricación, comercialización y uso de las sustancias es segura, recae sobre las empresas. Para cumplir con la normativa, las empresas deben identificar y gestionar los riesgos vinculados a las sustancias que se fabrican y se comercializan en la UE. Las empresas deben demostrar a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (en adelante, ECHA, de sus siglas en inglés European Chemicals Agency), cómo puede utilizarse la sustancia con seguridad y deben informar sobre las medidas de gestión del riesgo a los usuarios.

La obligación de registro conforme a REACH supone que los fabricantes e importadores de sustancias, en cantidad igual o superior a una tonelada al año, tienen que recopilar información sobre las propiedades y usos de esas sustancias y comunicarla a la ECHA a través de un expediente de registro.

Cuando no sea posible gestionar el riesgo, las Autoridades pueden limitar el uso de sustancias de diferentes formas. A largo plazo, las sustancias más peligrosas deberán sustituirse por otras que supongan menor peligro.

Importante es también conocer el portal REACH 2018,


El Usuario Intermedio (UI).

Una empresa será Usuario Intermedio (UI) si:

  • utiliza sustancias químicas (como tales o en mezclas) en el transcurso de sus actividades industriales o profesionales,
  • está establecida dentro del Espacio Económico Europeo (EEE), y
  • sus proveedores están también establecidos dentro del EEE; en caso contrario, su empresa se consideraría importador.

Las sustancias químicas se pueden utilizar dentro o fuera de una instalación industrial, como sería el caso de las obras, las tintorerías o los centros sanitarios. Existen distintos tipos de usuarios intermedios en función de las actividades que llevan a cabo: formuladores, usuarios finales, productores de artículos, trasvasadores, etc.

Todos los usuarios intermedios deberán cumplir con las siguientes responsabilidades:

  • Identificar y aplicar las medidas de gestión del riesgo adecuadas transmitidas en las fichas de datos de seguridad y en los escenarios de exposición.
  • Transmitir cualquier información nueva relacionada con las medidas de gestión del riesgo recomendadas y con los peligros.
  • Cumplir con los requisitos reglamentarios para las sustancias químicas preocupantes: autorización, restricción, clasificación armonizada.
  • Comprobar si las sustancias que reciben han sido registradas.

Es, por tanto, habitual que muchas empresas declaren en sus webs corporativas el ser usuarios intermedios sin mayor obligación al respecto.

La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)

el Rincón del Sueko - #rincondelsuekoLa Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (European Chemicals Agency, ECHA) asegura la aplicación coherente de estos reglamentos en toda la Unión Europea y los países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega). Se creó en 2007 y tiene su sede en Helsinki (Finlandia). Tal y como dice en su web, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) es la fuerza motriz a disposición de las autoridades reguladoras para llevar a la práctica la innovadora legislación de la UE en materia de sustancias químicas con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente y fomentar la innovación y la competitividad.

Las actividades de la ECHA incluyen:

  • La ayuda a las empresas a cumplir la legislación a través de las diferentes recursos y herramientas informáticas
  • Promover un uso seguro de las sustancias químicas, colaborando con organismos internacionales y agencias reguladoras de todo el mundo en relación a cuestiones de seguridad química.
  • Gestionar las sustancias químicas que suscitan preocupación conjuntamente con la Comisión Europea y los Estados miembros de la UE para identificar las «sustancias extremadamente preocupantes» para la salud humana y el medio ambiente y decidir cuáles requieren una gestión reguladora del riesgo a nivel de la UE, con el objetivo último de sustituirlas por alternativas más seguras.
  • Proporcionar al público información, procedente de los fabricantes e importadores, sobre las diferentes sustancias químicas que se importan y fabrican en Europa, sus propiedades peligrosas, así como su clasificación y uso seguro.



Espero que este post haya sido de vuestro interés. Me encantaría, más que nunca, ver vuestras valoraciones y leer vuestros comentarios a través de las herramientas que este blog pone a vuestra disposición.
    Muchísimas gracias a tod@s. ¡Salu2! 👍

    #rincondelsueko en Twitter, Facebook, Flipboard y Google+

    No hay comentarios:

    Publicar un comentario